Se concederán de forma directa y bajo el único criterio del orden de presentación de solicitudes y en disposición de crédito suficiente, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en el apartado segundo de esta Convocatoria y en el artículo 8 de las Bases Reguladoras, mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre y en los artículos 16 y 25 de las Bases Reguladoras.