La Consejería de Industria, Comercio y Empleo de la Junta de Castilla y León ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas directas destinadas a impulsar proyectos vinculados con la Ciberseguridad Industrial. Estas ayudas están dirigidas a empresas industriales que cuenten con una antigüedad superior a dos años y no se encuentren en situación de crisis. Cada empresa podrá recibir una subvención a fondo perdido que oscila entre los 3.000 € y los 20.000 € por proyecto.
- Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a impulsar la Ciberseguridad industrial en la Comunidad de Castilla y León para el año 2025.
El objetivo de esta línea de ayudas es reforzar la productividad y competitividad del sector industrial en Castilla y León, protegiendo a las empresas frente a amenazas y riesgos en materia de seguridad digital. Se busca fomentar la contratación de servicios especializados de asesoramiento técnico, así como la adquisición de hardware y software enfocados a la mejora de la ciberseguridad.
- ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 15 de marzo de 2025 hasta el 14 de abril de 2025
- ¿Quién lo puede solicitar?
Empresas industriales privadas de cualquier tamaño (PYME o gran empresa), que estén válidamente constituidas, cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León, y cumplan los requisitos.
- ¿Qué requisitos debo cumplir?
Los solicitantes deberán cumplir y acreditar, mediante la documentación correspondiente, todos y cada uno de los requisitos siguientes:
- Haber presentado una comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o en su caso declaración responsable o solicitud de autorización de actividad, y que cumpla los requisitos necesarios para su inclusión en la división A del Registro Industrial de Castilla y León. Tanto la comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o la declaración responsable o la solicitud de autorización de actividad deberá haber sido presentada con anterioridad a la presentación de la solicitud.
- La industria para la cual se solicite la subvención deberá tener más de dos años de antigüedad previa a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
- Solicitar esta subvención para un proyecto subvencionable que cumpla los requisitos establecidos.
- No estar incurso en alguna en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión.
- No encontrarse sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
- Cumplir con los requisitos establecidos en el apartado decimonoveno del Acuerdo 82/2020, de 12 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban las directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León.
Las condiciones deberán mantenerse desde el momento de la presentación de la solicitud, hasta la completa ejecución del proyecto y su total justificación.
- Proyectos subvencionables:
El periodo subvencionable será el comprendido entre el día siguiente a la presentación de la solicitud de subvención hasta el 14 de agosto de 2025 incluido.
Las actuaciones subvencionables serán los proyectos relacionados con la Ciberseguridad Industrial, ligados al producto-proceso industrial, en las siguientes áreas:
Actuaciones subvencionables ciberseguridad industrial
- Cuantías:
- La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido será:
- Para inversiones en activos inmateriales (software), el 50% de los costes considerados subvencionables.
- Para inversiones en activos materiales (hardware), el 50% de los costes considerados subvencionables.
- Para colaboraciones externas necesarias para el diagnóstico e implantación de la ciberseguridad industrial, prestadas por empresas o entidades que acrediten su experiencia en la materia, el 65%.
- El porcentaje de colaboración externa se incrementará 10% adicional, 75% en total, para proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo de las zonas con Programas Territoriales de Fomento, vigentes en la fecha de publicación de la convocatoria.
- La cuantía subvencionable imputable a las colaboraciones externas no podrá exceder del 35% del total de la subvención concedida, por lo tanto, no son admisibles aquellos proyectos que únicamente cuenten con colaboraciones externas.
- Se fija un límite máximo de subvención por solicitud y proyecto de 20.000€, para los gastos considerados subvencionables.
- Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 3.000€, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no supere este mínimo no serán subvencionables.
- Condiciones:
Únicamente se considerarán subvencionables los costes incurridos desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta el 14 de agosto de 2025, inclusive.
El importe máximo de subvención por proyecto es de 20.000 €, y el mínimo es de 3.000 €. Los proyectos cuya subvención solicitada no alcance esta última cantidad no serán considerados elegibles.
- Documentación necesaria:
Solicitud en modelo normalizado, sólo se admitirá un proyecto por entidad y solicitud de subvención. En caso de presentar dos o más solicitudes, la última presentada en plazo anulará las anteriores, tramitándose, por tanto, la última presentada, acompañada de la siguiente documentación: