- Objeto:
Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva atendiendo a su orden de presentación, destinadas a financiar los proyectos de digitalización básica en las pymes de Castilla y León.
- ¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de la Convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León”, el 8 de noviembre de 2024, y finalizará el 31 de diciembre de 2025 (ambos días incluidos), o el día en que se publique el extracto de una convocatoria que la sustituya.
- ¿Quién lo puede solicitar?
Pymes incluidos los autónomos que tengan al menos un centro de trabajo en Castilla y León y que realicen proyectos empresariales dirigidos a su digitalización básica.
Quedan excluidas las siguientes actividades:
2611: Fabricación de componentes electrónicos.
2612: Fabricación de circuitos impresos ensamblados.
2620: Fabricación de ordenadores y equipos periféricos.
2630: Fabricación de equipos de telecomunicaciones.
2640: Fabricación de productos electrónicos de consumo.
2680: Fabricación de soportes magnéticos y ópticos.
4651: Comercio al por mayor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos.
4652: Comercio al por mayor de equipos electrónicos y de telecomunicaciones y sus componentes.
5821: Edición de videojuegos.
5829: Edición de otros programas informáticos.
6110: Telecomunicaciones por cable.
6120: Telecomunicaciones inalámbricas.
6130: Telecomunicaciones por satélite.
6190: Otras actividades de telecomunicaciones.
6201: Actividades de programación informática.
6202: Actividades de consultoría informática.
6203: Gestión de recursos informáticos.
6209: Otros servicios relacionados con las tecnologías de la información y la informática.
6311: Proceso de datos, hosting y actividades relacionadas.
6312: Portales web.
9511: Reparación de ordenadores y equipos periféricos.
9512: Reparación de equipos de comunicación.
- ¿Qué requisitos debo cumplir?
Podrán tener la condición de beneficiarios las pymes, incluidos los autónomos, que tengan al menos un centro de trabajo en Castilla y León en el que se vaya a realizar el proyecto y que, pertenecientes a los sectores económicos y a las actividades indicadas, realicen proyectos empresariales dirigidos a su digitalización básica, con los requisitos siguientes.
Requisitos de los proyectos subvencionables:
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- Deberán ser realizados por la entidad beneficiaria en un centro de trabajo de Castilla y León.
- Los proyectos no podrán haber concluido materialmente o haber sido ejecutados íntegramente, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos relacionados, a la fecha de presentación de la solicitud de la subvención. El plazo máximo de ejecución del proyecto será de 18 meses contado a partir de la solicitud de la ayuda.
- Las colaboraciones externas (costes o gastos elegibles) se llevarán a cabo por profesionales con experiencia en la materia, que no estén vinculados o asociados a la empresa beneficiaria.
- ¿Para qué es la ayuda?
Se consideran proyectos subvencionables los proyectos de digitalización básica en autónomos y pymes de Castilla y León, dirigidos a la implementación de las primeras herramientas o soluciones digitales en una empresa.
El gasto total subvencionable del proyecto, para resultar elegible, debe ser igual o superior a 1.500 euros.
Se consideran costes o gastos subvencionables los siguientes:
a) Software, incluyendo el servicio que ofrece una solución de software a los usuarios finales a través de Internet, mediante un modelo de pago por uso.
b) Hardware y los equipos necesarios para la implementación de la solución o soluciones objeto del proyecto, incluyendo servicio que ofrece una infraestructura de la tecnología de la información a los usuarios finales a través de Internet, mediante un modelo de pago por uso.
c) Colaboraciones externas necesarias para la realización de uno o varios de los siguientes conceptos:
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- Consultoría de procesos que permita detectar las principales necesidades de la entidad beneficiaria en relación con su proceso de digitalización.
- Consultoría tecnológica sobre las mejores herramientas para abordar las necesidades de la entidad beneficiaria.
- Consultoría para la implantación de las herramientas/soluciones seleccionadas para su integración en los procesos de la pyme.
- Consultoría de seguimiento de la implantación realizada.
- Capacitación de empleados de la entidad beneficiaria en las herramientas/soluciones implantadas.
- Cuantía:
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido por importe de 1.200 euros.
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad o proyecto subvencionado.
El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa no excederá de trescientos mil euros (300.000 €) en el período de tres años previos a la concesión, o en su caso el límite que le sustituya.
- ¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado y anexos, a los que se acompañará la documentación administrativa y técnica que se indica a continuación. Cada beneficiario sólo podrá presentar una solicitud de ayuda a esta convocatoria por año, contado desde la fecha de presentación de la última.