Finalidad:
Estas subvenciones tienen por finalidad la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo en industrias situadas en Castilla y León, con la finalidad de mejorar su competitividad y alcanzar un alto grado de modernización del tejido empresarial industrial de Castilla y León bajo criterios de productividad, eficiencia energética y sostenibilidad.
Periodo subvencionable
El periodo subvencionable será el comprendido entre el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de enero de 2024.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 13 de septiembre de 2023 hasta el 13 de septiembre de 2023
Más Detalles:
El plazo de presentación de solicitudes será de 1 MES contado desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
¿Quién lo puede solicitar?
Podrán tener la condición de beneficiarios de estas subvenciones, siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, las empresas industriales privadas definidas en la base 3ª de la Orden IEM/916/2023, de 17 de julio, (en adelante industrias) de cualquier tamaño (PYME o gran empresa), que estén válidamente constituidas y que cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León.
¿Para qué es la ayuda?
Será subvencionable la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo de la industria, siempre que dicha maquinaria esté destinada a un centro de trabajo situado en Castilla y León, y cumpla alguna de las siguientes condiciones:
- Suponga la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente.
- Suponga la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales.
- Implique un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
Cuantía:
- La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables.
- El porcentaje de subvención concedido será el 65% de los costes considerados subvencionables.
- En todos los casos, la subvención se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por solicitud de 100.000 €.
- Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 15.000 €, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no supere este mínimo no serán subvencionables.
- Se incrementará en un 10% adicional para proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes en la fecha de publicación, o no estén ubicados en el ámbito de un área funcional estable.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, sólo se admitirá una por entidad, que comprenderá una única actuación. En caso de presentar dos o más solicitudes, la última presentada en plazo anulará las anteriores, tramitándose, por tanto, la última presentada.
A la solicitud de subvención deberán acompañarse los documentos que se relacionan a continuación, que se digitalizarán y aportarán como archivos anexos:
Documentación a presentar (107 kbytes)
Más información: