La Secretaria General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa está implementando acciones encaminadas a impulsar la renovación y modernización del parque de máquinas herramienta de las PYMES españolas, para de esta manera potenciar el sector industrial, en el contexto de salida de la crisis sanitaria derivada del COVID-19 y de forma coherente con los objetivos de reactivación de la economía general, del sector industrial en particular, y de la resiliencia del sector productivo nacional.

Por ello se establece el “Plan de modernización de la máquina herramienta de las pequeñas y medianas empresas” (PYMES), al objeto de apoyar la realización de inversiones en la adquisición de nuevas máquinas herramienta que formen parte del proceso productivo de las PYMES industriales y que contribuyan a su modernización.

📅 PLAZO: Entre el 9 de octubre de 2021 y el 2 de noviembre de 2021.

  • ¿Quién puede presentar proyectos a esta línea?

PYMES dentro del territorio nacional que desarrollen una actividad industrial, al menos durante un periodo de tres años contados antes de la fecha de fin de plazo de solicitud.

  • ¿Qué proyectos son subvencionables?

Las inversiones deberán cumplir alguna de las siguientes condiciones:

  1. supongan la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente;
  2. supongan la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales; o
  3. impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

Las maquinas herramienta subvencionadas deberán permanecer en el activo de la entidad, y en funcionamiento durante un periodo de al menos tres años desde la fecha de puesta en operación de los mismos.

  • ¿Qué tipo de máquinas se pueden incluir en los proyectos?

Se consideran elegibles las inversiones en la adquisición de las siguientes tipologías de máquina herramienta de arranque de viruta, de deformación metálica y trabajo de chapa, o de máquinas y equipos industriales de fabricación aditiva:

  1. Tornos.
  2. Fresadoras.
  3. Mandrinadoras.
  4. Taladros.
  5. Roscadoras.
  6. Rectificadoras.
  7. Afiladoras, pulidoras y amoladoras.
  8. Centros de mecanizado.
  9. Máquinas especiales y máquinas transfer compuestas de unidades de mecanizado.
  10. Brochadoras.
  11. Máquinas de electro-erosión.
  12. Máquinas de centrar y refrentar.
  13. Prensas mecánicas.
  14. Prensas hidráulicas/neumáticas.
  15. Servoprensas.
  16. Punzonadoras.
  17. Sistemas de automatización industrial asociados a máquina-herramienta.
  18. Equipos independientes de inspección y medición de piezas mecanizadas.
  19. Talladoras/Máquinas de roscado.
  20. Equilibradoras.
  21. Máquinas para el conformado por encintado de piezas de composites.
  22. Paneladoras para el trabajo de la chapa.
  23. Sierras.
  24. Biseladoras.
  25. Mortajadoras.
  26. Líneas de corte con prensa, láser, chorro de agua, gas o ultrasonidos.
  27. Máquinas para el trabajo de barras, perfiles y tubos.
  28. Máquinas para fabricación y control de tornillos y pernos.
  29. Máquinas para grabar, marcar y/o puntear.
  30. Remachadoras.
  31. Granalladoras.
  32. Equipos y sistemas industriales para la fabricación aditiva.
  • ¿Qué costes son subvencionables?
  1. Los gastos de adquisición, habiendo presentado por norma general un mínimo de 3 ofertas comparables.
  2. Los gastos de instalación (excepto obra civil) y puesta en marcha, hasta un 15% del presupuesto de adquisición.

En ningún caso se consideran gastos subvencionables costes asociados a la cimentación, obra civil, instalaciones auxiliares, impuestos indirectos ni costes financieros.

  • ¿Cuál es el presupuesto mínimo?

El importe mínimo de cada máquina herramienta subvencionable, incluyendo los gastos indicados anteriormente será mayor o igual que 70.000 euros (excluido el IVA o IGIC).

  • ¿Cuál es el límite de la ayuda?

El importe de la subvención será como máximo del 20% de los gastos subvencionables en el caso de pequeñas empresas, y del 10% en el caso de medianas empresas.

Cada ayuda quedará limitada hasta un importe máximo de 175.000 euros por máquina y el importe máximo de ayuda que podrá recibir cada entidad jurídica será de 300.000 euros.

  • ¿Cómo son estas ayudas?

El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva y tendrán la forma de subvención.

 

Más información: Ayuda MINCOTUR «Plan de modernización de la máquina herramienta»

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